Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1440/2013
Fecha: 19-Ago-2013
II.1.
II.1. El 2 de mayo de 2012, mediante memorándum 280/2012, suscrito por el Secretario Departamental Desarrollo Vial y Obras Públicas de la referida Gobernación, el accionante fue designado chofer operador de la Dirección de Desarrollo Vial, dependiente de dicha Secretaría, con el nivel salarial 8 con cargo a la planilla de inversión de la citada Gobernación de Beni (fs. 1).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y Ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Protección constitucional y normativa de los progenitores de niños o niñas menores de un año traducida en su inamovilidad laboral
- Fragmento 13
- y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- CONFIRMAR