Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1456/2013
Fecha: 19-Ago-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 129/13 de 8 de mayo de 2013, cursante de fs. 519 a 521 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, teniéndose por no presentada la misma, de conformidad al art. 30 del Código Procesal Constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- conceda
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2.Requisitos de admisibilidad en la acción de amparo constitucional
- III.3. En cuanto a la causa de pedir o “causa petendi”
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR