SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1460/2013
Fecha: 19-Ago-2013
II.12.
II.12. El Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, pronunció RM 805/12 de 16 de octubre de 2012, mediante la cual resolvió rechazar el recurso jerárquico interpuesto por el representante de la empresa ALTIFIBERS S.A., confirmando totalmente la Resolución Administrativa de 31 de mayo de dicho año, manteniendo firme y subsistente la conminatoria de reincorporación de 3 del mismo mes y año, emitida por la Jefatura Regional de Trabajo de El Alto, quedando agotada la vía administrativa, de conformidad con el art. 69 de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA); asimismo, el 23 de octubre de ese año, se notificó al representante de la citada empresa, así como al accionante con la Resolución Ministerial antes referida (fs. 60 a 63, 65 y 67).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el DS 28699 de 1 de mayo de 2006 y su modificación por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010
- En caso de que el trabajador opte por su reincorporación podrá recurrir a este efecto ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, donde una vez constatado el despido injustificado, se conminara al empleador a la reincorporación inmediata al mismo puesto que ocupaba la trabajadora o trabajador al momento del despido, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales que corresponden a la fecha de la reincorporación, a través de las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo
- IV. La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación y podrá ser impugnada en la vía judicial, cuya interposición no implica la suspensión de su ejecución.
- declaró inconstitucional
- III.4. Sobre el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación de las y los trabajadores por la vía del amparo constitucional e inicio del cómputo de plazo para la interposición de la acción
- la inmediatez de la protección del derecho constitucional de estabilidad laboral
- III.5. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR