SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1460/2013
Fecha: 19-Ago-2013
II.5.
II.5. El 27 de abril de 2012, el Inspector de la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz, emitió informe correspondiente a la denuncia presentada por Franco Danne Ayllón Ávila -hoy accionante- contra la empresa ALTIFIBERS S.A., por reincorporación, concluyendo que no se demostró por la parte empleadora, que el trabajador hubiere incurrido en las causales previstas en el art. 16 incs. c) y e) de la LGT, incumplimiento parcial y total de convenio y, existiendo normas concretas respecto a la inamovilidad del trabajador cuando la mujer se encuentra en estado de embarazo y del progenitor hasta que el hijo cumpla un año de edad, sugiriendo emitir la conminatoria de reincorporación a favor del accionante y al pago de sus salarios y demás derechos laborales (fs. 13 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado Boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el DS 28699 de 1 de mayo de 2006 y su modificación por el DS 0495 de 1 de mayo de 2010
- En caso de que el trabajador opte por su reincorporación podrá recurrir a este efecto ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, donde una vez constatado el despido injustificado, se conminara al empleador a la reincorporación inmediata al mismo puesto que ocupaba la trabajadora o trabajador al momento del despido, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales que corresponden a la fecha de la reincorporación, a través de las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo
- IV. La conminatoria es obligatoria en su cumplimiento a partir de su notificación y podrá ser impugnada en la vía judicial, cuya interposición no implica la suspensión de su ejecución.
- declaró inconstitucional
- III.4. Sobre el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación de las y los trabajadores por la vía del amparo constitucional e inicio del cómputo de plazo para la interposición de la acción
- la inmediatez de la protección del derecho constitucional de estabilidad laboral
- III.5. Análisis del caso concreto
- denegado
- CONFIRMAR