SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1472/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1472/2013

Fecha: 22-Ago-2013

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz,  constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 11 de 15 de marzo de 2013, cursante de fs. 125 vta. a 127 vta., por la que denegó la tutela, en base a los siguientes fundamentos: i) Con relación al principio de subsidiariedad, la acción de amparo constitucional se interpone siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados, y para poder activar de forma excepcional esta acción deben reunirse tres condiciones: tener título de propiedad, el cual no sea controvertido, y que el despojo sea violento; ii) El accionante tiene derecho propietario, pago de impuestos, plano de ubicación y una declaratoria de herederos; sin embargo, aparentemente existiría otro título con mayor extensión que comprendería incluso el terreno que alega el ahora accionante, que está inscrito por el Sindicato “16 de julio El Carmen”, y de allí vendría el supuesto derecho propietario de Juan Peña Moreno; y, iii) El Tribunal Constitucional, no puede ingresar a analizar cuestiones técnicas, las cuales deben ser dilucidadas en la justicia ordinaria, en una demanda de mejor derecho de propiedad, por lo que no se podrá ingresar a analizar el fondo de lo solicitado.