SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1500/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1500/2013

Fecha: 27-Ago-2013

i)

Carmen Rosa Guamán, Secretaria del Tribunal Disciplinario, también presentó informe oral en audiencia, cursante de fs. 198 a 199 vta., refiriendo lo siguiente: i) En ningún momento emitieron memorándum para que el accionante sea impedido de ejercer su profesión y no se le provocó indefensión; y, ii) Señala que tampoco usurpó funciones, y no pretende perjudicar al accionante, este problema se originó por el abandono de su fuente laboral y los Directores de los Unidades Educativas “9 de Abril” y “6 de Junio”, pusieron a un suplente del accionante, debido a sus constantes faltas, dichas autoridades debieron ser demandados, solicitando se declare “improcedente” la acción.