AUTO CONSTITUCIONAL 0386/2013-CA
Fecha: 26-Sep-2013
I.2.2. Ministerio Público
Por memorial de 16 de enero de 2010 (fs. 6 a 7), se apersonó Olvis Egüez Oliva, Fiscal de Materia de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), de la Unidad Operativa de Tránsito (UOT) y la División de Propiedad de Vehículos (DIPROVE), quien tomó en consideración los argumentos esgrimidos por la parte denunciante, pidió declarar el rechazo de la presente acción, añadiendo que un caso similar de recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, fue inadmitido por el Tribunal Constitucional, dado que la resolución de la excusa formulada por el Juez Segundo de Sentencia Penal de Santa Cruz, dependía de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del párrafo tercero del art. 318 del CPP, por cuanto en la misma se determinó única y exclusivamente si la autoridad que formuló la excusa se encontraba dentro las causales establecidas en el art. 316 del Adjetivo Penal. Asimismo, ante la falta de vinculación entre la validez constitucional de la disposición legal impugnada con la decisión que debieron adoptar las autoridades de la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial actual -Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz (AC 0271/2006-CA de 29 de mayo).
- Tribunal de Sentencia Penal de Montero del Distrito Judicial
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- I.2.2. Ministerio Público
- rechazó
- Fragmento 6
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisito de admisibilidad del recurso indirecto de inconstitucionalidad
- cuya constitucionalidad existe duda fundada, tenga que ser necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo
- II.5. Análisis del caso concreto
- en sentido de que la resolución del proceso judicial o administrativo impugnada referida en la normativa que desarrolla el art. 132 de la CPE, no es necesariamente la que resuelve la decisión final sino también la que es utilizada para resolver incidentes o excepciones”
- APRUEBA