SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1582/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1582/2013

Fecha: 18-Sep-2013

1)

             En este sentido, sólo a modo de aclaración, se tiene que el Juez de Ejecución Penal, efectivamente tiene competencia para controlar el respeto de los derechos de los condenados, pero contrariamente, en vez de efectivizar el mandamiento de libertad, dio curso a las diligencias solicitadas por la autoridad demandada pese que tenía plena certeza que el ahora accionante es quien se benefició con el indulto y su nombre se encontraba individualizado en todos los documentos que sirvieron para que acceda a dicho beneficio; pese a tratarse de un error formal sin relevancia, dilatando así la situación jurídica del accionante; razón por la cual, debió rechazar la observación del Director del Recinto Penitenciario y ordenar se ejecute inmediatamente el mandamiento de libertad, precautelando así el derecho a la libertad del mismo; sin embargo, ésta autoridad jurisdiccional, no fue demandada en la presente acción constitucional, por lo que carece de legitimación pasiva.