Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1586/2013
Fecha: 18-Sep-2013
II.1.
II.1. Dentro de un proceso penal seguido contra el accionante, éste solicitó audiencia de consideración de cesación a su detención preventiva por memorial de 26 de abril de 2013. Dicho pedido fue resuelto por decreto de 29 del mismo mes y año, señalándose la audiencia para el 2 de julio del citado (fs. 3 a 5).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de celeridad en la tramitación de la solicitud de cesación a la detención preventiva
- de tres días hábiles como máximo
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho con relación al principio de celeridad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR