SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1587/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1587/2013

Fecha: 18-Sep-2013

II.1.

II.1. Jaqueline Bascopé Gonzales, Fiscal Especializada de Desarrollo Fronterizo, mediante Resolución de imputación formal de 12 de abril de 2012, en aplicación del art. 302 del CPP, imputó formalmente a Luis Armando Tutusima Carbajal y Primitiva Palomino Oscarza, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas tipificado en el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la L1008, requiriendo al Juez de la causa, la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva de los imputados en la cárcel modelo de Villa Bush, por concurrir los requisitos previstos en el art. 233.1 y 2 que determinan la existencia de elementos de convicción suficientes para sostener que el imputado es con probabilidad autor o partícipe del hecho punible y la existencia de elementos de convicción suficientes de que los mismos no se someterán al proceso u obstaculizarán la averiguación de la verdad, y por concurrir los riesgos procesales de peligro de fuga y obstaculización previstos en los arts. 234 numerales 1, 2 y 10; 235.1 y 2 del CPP (fs. 4 a 6).