SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014

Fecha: 03-Ene-2014

II.4.

II.4.  A su vez por memorial de 25 de abril de 2007, Michelle Rosemarie Añez Leigue de Ayala, por si y en representación legal de Felipe Paz Rivera, Carlos Mariano Hernan Ayala Antezana, Virna Roda Rodas, Mónica Inés Leigue de Añez, Héctor Mario Añez Suarez, interpuso tercería de pago preferente, alegando ser acreedores laborales de la empresa demandada Gran Hotel Santa Cruz S.R.L., por un monto de $us454 816,64, que representa los derechos sociales de ocho trabajadores que desempeñaron funciones en el mencionado Hotel, derecho que fue reconocido mediante fallo en un proceso laboral que siguieron contra dicha empresa, pidiendo que mediante Auto se declare probada la misma y que se ordene que con el producto del remate se les pague con carácter preferente el monto señalado, que se les adeuda por concepto de beneficios sociales y posteriormente recién se pague a la entidad ejecutante (fs. 1307 a 1308).