SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2014

Fecha: 03-Ene-2014

a)

El accionante a través de su defensa técnica, ratificó los fundamentos expuestos en la demanda, añadiendo menciono que: a) Solicitó al Concejo la emisión de una resolución que le permita restituirle en el cargo, empero le negaron porque existía un informe jurídico de la Comisión de Constitución que luego fue aprobado en el plenario; esta petición no concluyó en lo administrativo, indicándole que no correspondía emitir ninguna resolución, en vista de que su solicitud era de mero trámite; b) Señaló que sus anteriores solicitudes habían sido rechazadas por el Concejo Municipal de Warnes, momento a partir del cual se inicia un procedimiento administrativo, formulando posteriormente una solicitud de reconsideración la cual es considerada por el Concejo; y, c) Con la determinación de la Presidenta de dicho ente deliberante de remitir la documentación a la comisión, se vulneró el art. 113 del Reglamento del Concejo Municipal de Warnes, posibilitando la interposición de la acción de amparo constitucional al haberse agotado el procedimiento administrativo, vulnerando sus derechos fundamentales al no permitirle asumir el cargo del Alcalde a partir de febrero de ese año, aplicando los arts. 144 a 147 de la LMAD, que el Tribunal Constitucional Plurinacional declaró inconstitucional, restringiendo el derecho que tiene de ejercer cargos públicos, siendo nulos los actos de la persona que está ejerciendo el cargo de Alcalde municipal.