Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2014
Fecha: 03-Ene-2014
I.1.
Antonio Saúl Zurita Camacho y Alali Janet Castro de Zurita, por memorial de 17 de abril de 2013, cursante a fs. 6 y vta., plantearon ante el Juez Agroambiental del departamento de Cochabamba, la cancelación de anotación preventiva por caducidad, arguyendo que, no obstante de existir un registro de gravamen, adquirieron de “buena fe” un bien inmueble; habiéndose consolidado su derecho propietario posteriormente, a través del respectivo registro en la oficina de Derechos Reales (DD.RR.); sin embargo, consideran que, al haber transcurrido “siete años con siete meses” (sic), la medida precautoria habría desaparecido irremediablemente, conforme estipula el art. 1553.I del Código Civil (CC).
- I.1.
- declinó
- rechazó
- admitió
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- III.2. De las competencias de la jurisdicción ordinaria civil y las competencias de la jurisdicción agroambiental
- a los efectos de determinar la jurisdicción aplicable debe partir del concepto de si la propiedad inmueble está destinada al uso de vivienda en centros poblados o urbanos, en cuyo caso se aplicarán las normas del Código civil y la competencia será de los jueces ordinarios; o si por el contrario, se trata de la propiedad inmueble destinada a la producción agrícola y/o pecuaria sujeta al régimen de la Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, en cuyo caso la competencia será de los jueces y tribunales agrarios
- Fragmento 21
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- 2º Llamar