SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2014

Fecha: 10-Ene-2014

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, por Resolución 216/013 de 22 de agosto de 2013, cursante de fs. 193 a 197, denegó la tutela solicitada con los siguientes argumentos: 1) El accionante no opuso la excepción prevista en el art. 308 del CPP, para denunciar la supuesta aplicación errónea del art. 26 del Código adjetivo Penal y por el contrario se sometió voluntariamente al proceso ante autoridades que recién acusa de incompetentes; 2) Tanto en alzada como en casación las resoluciones no lesionaron el art. 124 del mencionado Código, referido a la fundamentación debido a que en el primero expuso las razones de su decisión y el segundo en ningún momento ingresó al fondo del problema porque el recurso de casación no superó el juicio de admisibilidad; y, 3) El accionante pretende la interpretación de la legalidad ordinaria respecto del art. 26 del referido Código; empero, sin cumplir lo establecido por la amplia jurisprudencia constitucional para esa labor.