Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2014
Fecha: 10-Ene-2014
II.1.
II.1. Por Resolución 01/2011 de 18 de mayo, el Fiscal de Distrito ratificó la resolución de rechazo de denuncia de 6 del mismo mes y año, dictado por la Fiscal de Materia, seguida contra Juan Carlos Cáceres Méndez -ahora accionante- por la supuesta comisión del delito de tentativa de violación y abuso deshonesto, previsto y sancionado por el art. 308 bis, en relación a los arts. 8 y 312 del Código Penal (CP), advirtiendo a la víctima a pedir la conversión de acciones en observación del art. 26 del CPP (fs. 75 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.1.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia del amparo cuando opera la subsidiariedad
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.2. Análisis del caso concreto
- oponerse a la acción penal
- CONFIRMAR