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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2014

    Fecha: 10-Ene-2014

    II.1.

    II.1.  El 4 de enero de 2013, Aydee Isabel Herbas Estrada y María Cristina Herbas Estrada, interpusieron recusación sobreviniente contra el Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia Penal de Betanzos por encontrarse su conducta en las causales 2 y 11 del art. 316 del CPP, dentro del proceso penal de acción privada que siguen contra Luis Dieter Coro León por la presunta comisión de los delitos de difamación e injuria (fs. 6 a 7).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • a)
    • 1)
    • concede
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo constitucional
    • previa audiencia en la que se recibirá la prueba e informe de las partes,
    • toda vez que su finalidad es evitar dilaciones procesales indebidas, no sería coherente con esta interpretación teleológica, atribuirle a este supuesto los mismos presupuestos disciplinados para la tramitación de recusaciones enmarcadas en las causales plasmadas en el art. 320 del CPP,
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

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