Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2014
Fecha: 10-Ene-2014
II.2.
II.2. Según Informe de 25 de agosto de 2013, de la Trabajadora Social de la Defensoría “24 horas“, respecto del menor AA, señala que dicho menor se encuentra interno desde el 6 de agosto del citado año, por la supuesta comisión del ilícito de robo en flagrancia, aclarando que el menor proviene de una familia “desestructurada” y que supuestamente viviría con su padre, sugiere sea rehabilitado en su hogar paterno con expresa voluntad de ser recibido por él, de quedarse corre el riesgo de contaminarse por influencias de personas con serios problemas de conducta lesiva (fs. 3 a 5).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad alcance y finalidad
- III.3. De los derechos de la niñez y adolescencia y la protección que brinda el Estado
- III.4. Sobre la aprehensión a menores de edad
- III.5. Defensorías de la Niñez y Adolescencia como instancias de protección de los derechos de la niñez y adolescencia
- III.5.1. El acogimiento de niños, niñas y adolescentes en centros de protección
- 1)
- comunicar ese aspecto a dicha autoridad, en el plazo de setenta y dos horas; (las negrillas son nuestras),
- III.6. Análisis del caso concreto
- 1º CONFIRMAR en todo
- 2º