SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0110/2014

Fecha: 10-Ene-2014

III.5.1. El acogimiento de niños, niñas y adolescentes en centros de protección

Con relación al acogimiento de niños, niñas y adolescentes, la jurisprudencia constitucional, señaló que: “...el acogimiento es una medida de protección de quien se encuentra desamparado e indefenso; en el caso de la niñez y adolescencia, dentro de la doctrina de la protección integral a la que se circunscribe el Código de la materia, el acogimiento se traduce en una medida de protección social emergente de la necesidad de cuidados especiales que éstos necesitan, al ser aplicable en defecto de la guarda, es de carácter excepcional y temporal' (Así la SCP 1159/2013 de 30 de julio y otras).