SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2014
Fecha: 10-Ene-2014
concedió
La Jueza Segunda de Partido y Sentencia Penal de El Alto del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, pronunció la Resolución 132/2013 de 12 de agosto, cursante de fs. 97 a 98, por la que concedió la tutela solicitada, disponiendo la restitución del servicio de electricidad en el día a favor de los accionantes; esto con los siguientes fundamentos: i) Se demostró la existencia de medidas de hecho por parte del propietario de inmueble, que procedió al corte de energía eléctrica con el fin de que los accionantes desalojen el lugar, sin tomar en cuenta que los mismos son personas de la tercera edad y que por tal razón son sujetos de especial protección; habiéndose vulnerado en consecuencia, su derecho fundamental de acceso a los servicios básicos; y, ii) El demandado lesionó además con sus actitudes el derecho de los accionantes al “debido proceso”; ya que, decidió suspenderles la electricidad sin considerar otros recursos idóneos que la Ley le franquea para su defensa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y la protección directa e inmediata que concede ante medidas de hecho
- III.2. El derecho a la jurisdicción o de acceso a la justicia denunciado como lesionado en la presente acción
- III.3. El derecho de acceso a los servicios básicos y los cortes de energía eléctrica o suministro de agua potable
- III.4. Análisis del caso concreto