Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2014
Fecha: 10-Ene-2014
II.5.
II.5. Debido a que el demandado habría cortado el servicio de energía eléctrica en el departamento que habitaban los accionantes, como una medida de presión con éstos; el 29 de julio de 2013, los mismos enviaron una nota al primero de los nombrados solicitando que en el día se restituya el suministro de electricidad (fs. 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y la protección directa e inmediata que concede ante medidas de hecho
- III.2. El derecho a la jurisdicción o de acceso a la justicia denunciado como lesionado en la presente acción
- III.3. El derecho de acceso a los servicios básicos y los cortes de energía eléctrica o suministro de agua potable
- III.4. Análisis del caso concreto