Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0122/2014
Fecha: 10-Ene-2014
II.1.
II.1. A partir del “Contrato de Alquiler con Depósito de Garantía” suscrito el 8 de agosto de 2001, entre Bonifacio Inca Blanco -ahora demandado- y otro con Nicanor Ramos Pabón y Matilde Zambrana de Ramos -hoy accionantes- éstos ocuparon un departamento del bien inmueble del primero por el tiempo de dos años; habiendo firmado un nuevo documento en la gestión 2003 por tiempo similar, bajo la modalidad de “anticrético” (fs. 80 a 81; y, 84).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y la protección directa e inmediata que concede ante medidas de hecho
- III.2. El derecho a la jurisdicción o de acceso a la justicia denunciado como lesionado en la presente acción
- III.3. El derecho de acceso a los servicios básicos y los cortes de energía eléctrica o suministro de agua potable
- III.4. Análisis del caso concreto