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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0127/2014

    Fecha: 10-Ene-2014

    II.2.

    II.2. Mediante Carta presentada el 17 de noviembre de 2011, Sonia Isidora Encinas Lamas de Mercado -hoy accionante-, solicitó a la Unidad de Servicios Médicos del SEDES de Cochabamba, proceda a la realización de sus exámenes médicos para dar cumplimiento a la Resolución Administrativa de Revocatoria 01/2011 de 7 de abril (fs. 20).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
    • III.2.Derecho a la vida y a la salud
    • III.2. Jurisprudencia
    • III.3. Jurisprudencia respecto al derecho a la dignidad
    • Fragmento 17
    • III.4. Sobre la estabilidad laboral
    • III.4.1. Jurisprudencia
    • III.5. Excepción al principio de subsidiaridad
    • III.5. Análisis del caso concreto
    • conceder
    • 2°

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