Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2014
Fecha: 30-Ene-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
A través de memoriales solicitó se certifique “que actos de investigación falta que se lleve a cabo y en que personas obstaculizaría…” (sic) y lo que no comprende es por qué dentro de la acusación formal no ofrecieron ningún testigo; y, respecto a la prueba literal, ésta simplemente fue adjuntada a la acusación, por lo que mal se puede hablar de peligro de obstaculización ante la ausencia de un requerimiento objetivo que sustente dicho elemento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.3. De la acción de libertad
- III.4. La finalidad de las medidas cautelares
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.5. Las autoridades jurisdiccionales están compelidas a efectuar una evaluación integral a momento de determinar medidas cautelares
- III.6.
- III.7. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR