AUTO CONSTITUCIONAL 0356/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0356/2014-CA

Fecha: 15-Oct-2014

i)

Por memorial presentado el 12 de septiembre de 2014, Omar Jaime Salinas Ortuño, Comandante General del Ejército, respondió lo que sigue: i) El art. 184.4 de la CPE, en forma expresa establece la competencia del Tribunal Supremo de Justicia, para juzgar a ciertas autoridades en única instancia por la comisión de determinados delitos; ii) Resulta incongruente e irracional el pedido de ejercitar el control de constitucionalidad de una norma que deriva de la propia Constitución; iii) No se cumplieron los requisitos de contenido, porque no existe fundamentación sobre cómo las leyes impugnadas resultan inconstitucionales; y, iv) No se puede dar curso a la suspensión del juicio, de acuerdo a lo señalado en el AC 321/2010-CA. Concluye solicitando el rechazo de la acción.