Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2014-S3
Fecha: 06-Oct-2014
Fragmento 13
Respecto a que en audiencia de apelación, las autoridades demandadas concedieron el uso a la palabra a la ABC en calidad de querellante, pese a que no hizo efectiva la apelación que anunció dentro del plazo de las setenta y dos horas, conforme prevé la ley; sin embargo, respecto a su participación, la misma es coincidente con lo referido por el Ministerio Público, limitándose a precisar elementos fácticos del ilícito sin que hubiese introducido nuevos argumentos procesales o hubiese modificado los del Ministerio Público, de ahí que su participación no generó indefensión a la parte ahora accionante, la cual pudo rebatir los mismos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- b)
- II.4.
- III.1.
- la motivación no implicará la exposición ampulosa de consideraciones y citas legales
- es imprescindible que dichas Resoluciones sean suficientemente motivadas y expongan con claridad las razones y fundamentos legales que las sustentan y que permitan concluir, que la determinación sobre la existencia o inexistencia del agravio sufrido fue el resultado de una correcta y objetiva valoración de las pruebas
- Fragmento 13
- i)
- CONFIRMAR