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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2014-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2014-S3

    Fecha: 08-Oct-2014

    II.6.

    II.6.  Por memorial presentado el 27 de febrero de 2013, dirigido al Director de la Unidad de Administración Territorial del GAMLP, se apersonaron Mauricio Ejnar Aguilar Valdez y Priscilla Suset Viscarra Ugarte, suscitando incidente de nulidad de notificación con el informe OMGT-DIT-UCOJ 1590/2009, que dio lugar a la RA 002/2010 de 5 de febrero (fs. 21 a 22 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
    • I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2 Análisis del caso concreto
    • 1)
    • CONFIRMAR,

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