Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2014-S3
Fecha: 08-Oct-2014
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 27 de febrero de 2013, dirigido al Director de la Unidad de Administración Territorial del GAMLP, se apersonaron Mauricio Ejnar Aguilar Valdez y Priscilla Suset Viscarra Ugarte, suscitando incidente de nulidad de notificación con el informe OMGT-DIT-UCOJ 1590/2009, que dio lugar a la RA 002/2010 de 5 de febrero (fs. 21 a 22 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2 Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR,