SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2014-S3
Fecha: 08-Oct-2014
III.2 Análisis del caso concreto
El accionante señala que a solicitud de la apoderada de Jorge Guachalla Escobar, presentada el 31 de octubre de 2009, el GAMLP inició proceso administrativo con relación a los lotes ubicados entre las calles 3 y 5 de la avenida Costanera, zona de Obrajes en el departamento de La Paz, sector en los que sus hermanos y él cuentan con terrenos, pero ninguno fue notificado con el auto de inicio de proceso, y por tanto no pudieron ser escuchados. Pese a esa omisión procesal, se expidió el informe 1590/09, el que se hace conocer haberse detectado que esos lotes se sobreponen al de Jorge Guachalla Escobar, por lo que a través de la RA 02/2010, de 5 de febrero de 2010, que hace referencia a la notificación por edicto efectuada el 6 de enero de 2010, se dispuso que se dejen sin efecto las certificaciones de Registro Catastral de los hermanos Aguilar Valdez. Contra esta Resolución planteó recurso de revocatoria, habiéndose confirmado la misma en todas sus partes por RA 087/2013, por lo que interpuso recurso jerárquico, dictándose la Resolución Administrativa de Oficialía 27/2013 de 9 de agosto, a través de la cual se confirmaron las Resoluciones 002/2010 y 087/2013 de revocatoria.
Con carácter previo al examen del presente caso, debe aclararse que las actuaciones realizadas por las autoridades administrativas demandadas, serán analizadas a través de la Resolución que resolvió el Recurso Jerárquico, en el entendido que la justicia constitucional no puede de manera directa considerar las resoluciones administrativas dictadas en primera instancia a consecuencia de la interposición del recursos de Revocatoria, pues dicha labor de acuerdo a la normativa administrativa es competencia de la autoridad Jerárquica.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2 Análisis del caso concreto
- 1)
- CONFIRMAR,