Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0017/2014-S3
Fecha: 08-Oct-2014
II.3.
II.3. En apelación, se pronunció la Resolución 473/2012 de 27 de marzo, por la que el Tribunal Disciplinario Superior Liquidador de la Policía Boliviana, declaró improbado el recurso de apelación planteado contra la Resolución 15/2010, disponiéndose que se remita copia de ese fallo al Comando General de la Policía Boliviana, para efectos de su ejecución y cumplimiento (fs. 13 a 15). Posteriormente, el 23 de diciembre de 2013 se procedió a la respectiva notificación con la Resolución 473/2012 al procesado (fs. 86).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- Fragmento 4
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Revisión de actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.2. El contenido esencial del derecho al debido proceso en su elemento a una resolución debidamente fundamentada o motivada
- III.3. De la valoración de la prueba
- III.4. Requisitos para la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.5. Análisis del caso concreto
- III.6 De la congruencia en la demanda
- Fragmento 17
- CONFIRMAR,