SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0025/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0025/2014-S2

Fecha: 10-Oct-2014

a)

Dentro de tres procesos penales iniciados en su contra, ante los Jueces Tercero, Onceavo de la Villa Primero de Mayo y Mixta de Pailón, todos de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, éstas autoridades dispusieron su detención preventiva en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”; quienes a su vez omitieron remitir las actas de detención preventiva ante el Juez de ejecución penal, con la finalidad de que dicha autoridad disponga su traslado a la carceleta pública de la jurisdicción judicial y municipal de Pailón en el mismo departamento, en su condición de Alcalde de dicho municipio; actuación negligente, que provocó la vulneración de su derecho al trabajo, debido a que: a) Dispusieron su detención preventiva en lugar distinto al de la supuesta comisión de los ilícitos; b) La irregularidad denunciada se prolongó por más de un año; c) Se obstaculizó su ejercicio de funciones como máxima autoridad ejecutiva de Pailón, toda vez que funcionarios bajo su dependencia debían trasladarse infructuosamente; y,            d) Indujeron su alejamiento del núcleo familiar, al tener domicilio constituido en la misma localidad; todo ello a consecuencia del incumplimiento de plazos procesales y la retardación de la actuación procesal señalada, que le causa daño irreparable e irremediable, recurriendo por ello a la tutela que brinda la acción de libertad traslativa o de pronto despacho.