SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2014-S3

Fecha: 14-Oct-2014

1)

Ángel Aruquipa Chui, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante informe escrito que cursa a fs. 67, señaló que: 1) Fue convocado a resolver la apelación presentada por disidencia de los vocales de la Sala Penal Segunda, dictando el Auto de Vista 184/2010, que declaró probada la excepción de incompetencia; 2) El referido Auto de Vista está debidamente fundamentado y motivado por lo que se adhiere al informe presentado por el Vocal codemandado, Elías Fernando Ganam Cortez; y, 3) Hace notar que el Tribunal Constitucional Plurinacional ha emitido la SCP 2411/2012, por la cual ha revocado la Resolución de la primera acción de amparo constitucional y denegado la tutela solicitada, por lo que computando los plazos del tiempo transcurrido desde las notificaciones con las respectivas resoluciones, la segunda acción de amparo constitucional fue presentada después de los seis meses del término de la inmediatez.