SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2014-S3
Fecha: 14-Oct-2014
II.2.
II.2. Consta Resolución 124/2011 de 1 de febrero, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, dentro de la acción de amparo constitucional en la que concurren los mismos sujetos y objeto procesales de esta acción, y que resuelve conceder la tutela solicitada, disponiendo: “…Dejar sin efecto la Resolución No. 184/2010 de fecha 12 de noviembre de 2010 (…) Los magistrados accionados deberán dictar nueva resolución bajo los fundamentos señalados precedentemente, así como bajo los fundamentos emitidos en el voto por el señor vocal de la Sala Penal Tercera, Dr. Ramiro López Guzmán, que ha sido convocado para formar Sala” (fs. 10 a 16).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- lo que implica que el recurrente podrá ejercer nuevamente la acción tutelar dentro del plazo que quede.
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR