SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2014-S3

Fecha: 14-Oct-2014

II.10.

II.10.  De fs. 211 a 213, cursa acta 104/2013 de 19 de agosto, de revisión de Dictamen 16452/2013, estableciendo: 1) Sobre la diabetes mellitus tipo 2, mantuvo el 14,9%, esto basado en los informes de los médicos endocrinólogos, en los que se describe que el ahora accionante es portador de esta enfermedad, la cual fue mal controlada debido a que no cumple adecuadamente los esquemas de tratamientos ni realiza controles laboratoriales ni médicos; asimismo los especialistas descartan la presencia de complicaciones crónicas de su diabetes apoyados en el examen clínico y de laboratorio solicitados, además, del poco tiempo de evolución del propio trastorno; 2) Respecto a la disfunción eréctil, mantiene el 4,8 % debido a que en el informe del médico urólogo, se menciona dentro de los diagnósticos: “Disfunción eréctil”, y en acápite del tratamiento indica: “Compensar la DM II luego inicio tratamiento de la disfunción eréctil y la dislipidemia” (sic); y, 3) Referente a la disminución de la agudeza visual secundaria a ametropía leve y presbicia, se mantuvo en 0%, al establecer el informe médico de la especialista en oftalmología que no se evidencian lesiones respecto a la retinopatía diabética.