SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2014-S2

Fecha: 20-Oct-2014

Fragmento 11

           La acción de amparo constitucional se halla instituida por el art. 128 de la CPE, como una acción de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidas de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución Política del Estado y la ley.