SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2014-S2

Fecha: 27-Oct-2014

I.2.1. Ratificación de la acción

Asimismo, haciendo uso de la réplica, señaló que SOBOCE S.A., presentó un peritaje, un informe de cuantificación y solicitó el correspondiente pago; por otra parte, existe una controversia sobre el monto y el correspondiente pago y sólo eso pueden conocer los jueces porque así lo manda el ordenamiento constitucional; asimismo, todos los Autos que citaron son de contratos y señalan que la determinación de pago y el correspondiente pago concierne conocer en el contencioso administrativo, directamente al Pleno del Tribunal Supremo, porque al que suscribe un contrato le dan más garantías que al que se ve afectado sus derechos constitucionales, es una incoherencia que no tiene explicación.