SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0061/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0061/2014-S2

Fecha: 27-Oct-2014

II.1.

II.1.  El 30 de marzo de 2009, la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Chuquisaca, dictó el Auto de Vista 34 en grado de apelación restringida, dentro de la acción penal seguida por Beatriz Camacho Claros contra Edgar Alcides Puch Heredia por el delito de lesiones gravísimas, declarando admisible y procedente en forma parcial la apelación restringida interpuesta contra la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Sexto de Sentencia Penal y deliberando en el fondo, modificó la pena a tres años de reclusión contra el nombrado imputado, manteniéndose vigente en todo lo demás. Asimismo, en cumplimiento y aplicación del art. 366 del CPP, y habiéndose demostrado que el imputado no ha sido objeto de una condena anterior y se le ha impuesto una pena de tres años de reclusión, se otorga el beneficio de suspensión condicional de la pena, bajo las condiciones señaladas en el art. 24 de la ley adjetiva penal (fs. 548 a 551).