Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0077/2014-S3
Fecha: 20-Oct-2014
Fragmento 9
El art. 66.4 del CPCo., ha previsto una de las causales de improcedencia de la acción de cumplimiento, al señalar que la presente acción no procederá en procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantías constitucionales tutelados por la acción de amparo constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- una acción de reflexión disciplinaria
- a)
- “rechazó”
- relación al recurso de revocatoria contra la Comunicación Interna, refirió que de acuerdo al análisis legal, el mismo no corresponde
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica y objeto de la acción de cumplimiento
- Fragmento 9
- conocer actos administrativos
- b) Incumplimiento de potestades administrativas, estrictamente vinculadas a un procedimiento administrativo.
- un procedimiento administrativo,
- Fragmento 13
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4.
- CONFIRMAR