SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2014-S3
Fecha: 20-Oct-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan que, las autoridades demandadas, vulneraron sus derechos constitucionales al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a la defensa, al acceso a la justicia y a la debida motivación de los fallos judiciales, por cuanto el Juez a quo en la Resolución 135/2013, habría efectuado una incorrecta interpretación y aplicación de los arts. 27.8 y 29.3 del CPP en relación al art. 30 del mismo cuerpo legal, al sostener que el cómputo del término de la prescripción, debe efectuarse a partir del rechazo de la querella presentada por Walter Apaza Apaza contra Gabino Flores Santander por el delito de lesiones graves y leves, ocurrida el 23 de marzo de 2009; toda vez que, en tal Resolución, recién se habría valorado sus declaraciones, cuando correspondía valorar la fecha que prestaron sus declaraciones −junio y julio de 2008−, puesto que el delito por el que fueron imputados sería de carácter instantáneo. Respecto a la actuación del Tribunal de alzada, refieren que al dictar el Auto de Vista 227/2013 de 11 de noviembre, confirmando la resolución apelada, no fundamentaron ni motivaron su Resolución, omitiendo pronunciarse sobre los argumentos expresados en el recurso de apelación, limitando su pronunciamiento a cinco líneas sin mayor razonamiento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- de la lectura de la Resolución, el juez no ha omitido análisis tanto de lo que se entiende por delitos instantáneos reclamados en la apelación, tampoco ha omitido analizar lo principal de la petición cual es la extinción de la acción penal
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones como componente del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR