SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0086/2014-S3
Fecha: 27-Oct-2014
II.4.
II.4. Resolución de recurso de alzada ARIT-CBA/RA 0423/2013 de 13 de septiembre, que resolvió confirmar la Resolución Determinativa 17-000145-13, con el argumento de que: “…en el afán de establecer la verdad material de las cuestiones planteadas en este recurso, considerando la realidad económica demostrada por el sujeto pasivo, a través de las pruebas ofrecidas; esta instancia estableció que las Facturas (…) emitida por José Luis Baldiviezo (…) y las (…) emitidas por Manuel Ojeda Roa (…) no son válidas para el cómputo del Crédito Fiscal por no cumplir con lo señalado en los numerales 4 y 5 del Artículo 70, Artículo 76 y Articulo 81 de la Ley N° 2492 (CTB)…” (sic) (fs. 65 a 84 vta.); contra la que se planteó recurso jerárquico (fs. 85 a 107).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- sólo resulta exigible
- III.2. Análisis del caso concreto
- b)
- conlleva que la resolución sea concisa, clara e integre en todos los puntos demandados
- CONFIRMAR