SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0089/2014-S3
Fecha: 27-Oct-2014
Fragmento 18
En el caso, los supuestos actos denunciados de ilegales cometidos por los demandados, no pueden ser objeto de análisis y menos de tutela, al no haber la accionante aportado todos los elementos de prueba necesarios que demuestren la concurrencia de los supuestos actos ilegales y la relación con las autoridades demandadas; consecuentemente, en el caso de autos es de aplicación la jurisprudencia constitucional descrita en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, debiendo denegar la tutela, sin antes aclarar que la parte accionante una vez subsanada dicha omisión procesal, podrá interponer nuevamente la acción de amparo constitucional, al no haberse ingresado al análisis de fondo de la presente problemática.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- i)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- 6) los medios probatorios pertinentes que se encuentren en poder del accionante o el señalamiento de lugar donde se encuentren (art. 33.7 del CPCo)
- la parte accionante podrá presentar una nueva acción,
- accionantes para acusar un acto ilegal lesivo de derechos fundamentales que se encuentren bajo la protección del amparo, es ineludible que aporte pruebas suficientes que demuestren la existencia del acto ilegal, caso contrario, no se tendrá la certeza sobre la infracción al derecho que se considera vulnerado, y en esas circunstancias, no es posible otorgar la tutela...
- por una parte, aporte los elementos de prueba suficientes en los que se acredite y demuestre la existencia del acto y/u omisión denunciado de ilegal, y por otra, ese agraviado también debe acreditar que en el supuesto acto y/u omisión es responsable la autoridad o persona recurrida por haber tenido intervención y decisión
- Aportar los elementos de prueba suficientes en los que acredite y demuestre la existencia del acto y/u omisión denunciado de ilegal,
- Fragmento 16
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- REVOCAR