SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2014-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0094/2014-S3

Fecha: 27-Oct-2014

denegó

La Sala Civil, Comercial y de Familia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 33/2014 de 22 de abril, cursante de fs. 435 a 441, denegó la tutela solicitada en base al siguiente razonamiento: i) Al declararse infundado el recurso de casación planteado por el accionante producto del análisis de las pruebas aportadas en el proceso ordinario, no se violentó el derecho a la vivienda y a la propiedad, habiéndose fundamentado los aspectos referidos a la reivindicación; ii) Respecto a la errónea aplicación de la ley y el principio de legalidad, se introdujo un nuevo elemento de interpretación de la legalidad ordinaria al incorporar el art. 1066 del CC con relación a los arts. 1254 y 1255 del mismo cuerpo legal, no abriéndose la competencia para revisar actos propios de la justicia ordinaria ni valorar la prueba; y, iii) Se identifica como acto lesivo al Auto de Vista “220” de 13 de junio de 2013, pero desde esa fecha hasta la presentación de la acción de amparo constitucional transcurrió nueve meses, habiéndose admitido la demanda únicamente bajo el aforismo de restringir lo odioso y acoger lo favorable para verificar la violación de los derechos y las garantías denunciadas.