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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014-S1

    Fecha: 06-Nov-2014

    II.2.

    II.2.   Cursa dictamen pericial documentológico emitido por Franklin Vargas, funcionario del Instituto de Investigaciones Forenses, en el que establece que el recibo de dinero de 3 de diciembre de 2011, guarda relación de correspondencia con los grafismo de Daniel Rocabado Robles, determinando que es el autor de la firma cuestionada (fs. 12 a 23).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.2.
    • II.3.
    • II.   FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.Sobre la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
    • la acción de amparo constitucional no se activa para reparar incorrectas interpretaciones o indebidas aplicaciones del Derecho, pues no puede ser un medio para revisar todo un proceso judicial o administrativo, analizando la actividad probatoria y hermenéutica de los tribunales, ya que se instituyó como garantía no subsidiaria ni supletoria de otras jurisdicciones
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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