Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2014-S1
Fecha: 06-Nov-2014
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 28 de 8 de abril de 2014, cursante de fs. 27 a 29, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia CONCEDER la tutela solicitada, con la modificación de que la audiencia debe realizarse dentro del término de tres días, en caso de que todavía no haya sido celebrada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- celeridad
- Comprende el ejercicio oportuno y sin dilaciones en la administración de justicia
- III.3.
- cuya consideración y resolución fue dilatándose por la suspensión de audiencias, mientras que el ultimo señalamiento fue fijado para el 5 de mayo de 2014, en la última audiencia suspendida de 4 de abril del mismo año.
- CONFIRMAR