Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2014-S1
Fecha: 06-Nov-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante sin mandato alega que la autoridad demandada, vulneró el derecho a la libertad de locomoción del accionante, al suspender en tres ocasiones la audiencia de modificación de medidas sustitutivas a la detención preventiva que éste había solicitado; además de haber señalado la referida audiencia para después de un mes, fuera del plazo razonable con el que debió actuar.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- celeridad
- Comprende el ejercicio oportuno y sin dilaciones en la administración de justicia
- III.3.
- cuya consideración y resolución fue dilatándose por la suspensión de audiencias, mientras que el ultimo señalamiento fue fijado para el 5 de mayo de 2014, en la última audiencia suspendida de 4 de abril del mismo año.
- CONFIRMAR