Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0029/2014-S1
Fecha: 06-Nov-2014
II.1.
II.1. Por Auto de Vista 23 de 30 de enero de 2014, se revocó la Resolución de 20 del mismo mes y año, disponiendo la cesación de la detención preventiva de Eduardo Roca Figueroa ahora accionante e imponiendo la aplicación de medidas sustitutivas consistentes en: detención domiciliaria sin escolta policial de horas 19:00 a 7:00 am; firmar cada fin de semana viernes ante la Fiscal de materia como director funcional de la investigación; arraigo para no salir de la ciudad; prohibición de consumir bebidas alcohólicas; no comunicarse con las partes, testigos, peritos y la víctima, más una fianza económica de Bs80 000.- (fs. 5 vta. a 13 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- celeridad
- Comprende el ejercicio oportuno y sin dilaciones en la administración de justicia
- III.3.
- cuya consideración y resolución fue dilatándose por la suspensión de audiencias, mientras que el ultimo señalamiento fue fijado para el 5 de mayo de 2014, en la última audiencia suspendida de 4 de abril del mismo año.
- CONFIRMAR