SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0041/2014-S1

Fecha: 10-Nov-2014

II.11.

II.11.  De acuerdo a decreto de 7 de mayo de 2014, el Juez de Ejecución Penal, señaló que no era competente para otorgar una salida o traslado de un detenido preventivo, sólo en casos de extrema urgencia, debiendo la concesión o el rechazo del traslado ser resuelto por el Director del Proceso conforme lo determinaban los arts. 54 inc. 2) y 238 del CPP, por lo que dispuso la devolución de los antecedentes remitidos por el Juzgado Octavo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz (fs. 199 vta.).