SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2014-S1

Fecha: 20-Nov-2014

I.1.1. Hechos que la motivan la acción

Mediante Resolución Administrativa (RA) 376/“201” -no indica la fecha-, el demandado, en su calidad de Asesor Administrativo y Financiero del Despacho dela Gobernación de Tarija, fue designado por la máxima autoridad ejecutiva de dicha entidad, como Coordinador de la feria “EXPOSUR 2013”; por lo que, por nota dirigida a éste, el 24 de octubre de 2013, recibida el 28 de ese mes y año, solicitó la cancelación de los servicios prestados por la empresa que representa, exigiendo expresamente el pago de la suma de Bs60 000.- (sesenta mil bolivianos), por concepto de impresión de tarjetas PVC (credenciales), entregados en la gestión 2012 a la EXPOSUR; todo ello, en consideración al acuerdo de participación en alianza estratégica de intercambio de bienes y servicios 10/2012 de 29 de octubre.

Precisa que, ante la falta de respuesta a la nota consignada en el párrafo anterior, presentó similar el 24 de febrero de 2014, requiriendo una respuesta formal y pronta a la misma; aspecto que reiteró una vez más el 20 de marzo de igual año, sin haber obtenido respuesta, no obstante el transcurso aproximadamente de cinco y un mes, respectivamente, del envío de la primera y segunda nota; restringiéndole así a su mandante, no sólo el derecho a la petición, sino el ejercicio de otros derechos; cumpliéndose todos los presupuestos establecidos por la jurisprudencia constitucional, para que se le conceda la tutela pretendida en la presente acción constitucional.