SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0062/2014-S1
Fecha: 20-Nov-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Tomás Quispe Plata, como presidente y en representación de la Asociación de Transporte Libre “Trans Gaviota” interpuso demanda de rendición de cuentas contra Vidal Delgado López ex presidente de esa institución, que por Sentencia 757/2008 de 7 de octubre, fue probada en parte, debiendo rendir cuentas el demandado desde el 29 de septiembre de 1994 al 5 de abril de 2005, Resolución que al ser apelada se resolvió por Auto de Vista 030/2009 de 7 de marzo, confirmando la sentencia de primera instancia. Ante este hecho, el perdidoso planteó recurso de casación en el fondo.
Posteriormente, el 4 de octubre de 2013, Lucio Delgado Marcelo, se apersonó ante la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, en representación de la Asociación de Transporte citada, presentando desistimiento del proceso y del derecho, siendo que el poder 514/2011 de 7 de diciembre, no le faculta expresamente para apersonarse ante la Sala ahora demandada incumpliendo lo dispuesto por el art. 58 del CPC, además de no ser parte ni de la institución del Directorio de la misma, actuación que lo hizo en favor de su padre Vidal Delgado López, haciendo incurrir en error a los miembros de la Sala Civil Liquidadora del máximo Tribunal de justicia, quienes aceptaron su pretensión.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- i)
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Análisis previo que deben realizar los jueces o tribunales de garantías, en cuanto a los requisitos de admisión de la acción de amparo constitucional
- presupuestos de improcedencia
- requisitos formales esenciales
- presupuestos eventuales
- III.3. Análisis del caso concreto
- tercero interesado
- CONFIRMAR