Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0063/2014-S1
Fecha: 20-Nov-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante señala que el Juez demandado no remitió el recurso de apelación del Auto Interlocutorio Motivado 113/2013 de 20 de diciembre, que dispuso la aplicación de medidas sustitutivas a su detención preventiva; hasta la presentación de la acción del amparo constitucional; es decir, transcurrieron cuarenta y siete días, por lo que se habría vulnerado el debido proceso por el incumplimiento de los plazos procesales, ocasionándole retardación y negación de justicia.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- comprende el conjunto de requisitos que deben observarse en las instancias procesales, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos
- derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas
- III.2. La celeridad como principio constitucional en el que se fundamenta la jurisdicción ordinaria
- perfeccionan el ordenamiento
- Fragmento 11
- en el término de 24 horas
- procedimiento especial
- Fragmento 14