SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0094/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0094/2014-S2

Fecha: 04-Nov-2014

En ese entendido, la legitimación pasiva es la capacidad jurídica otorgada al particular, autoridad o servidor público, a efecto de que pueda responder por los supuestos actos ilegales endilgados en su contra'

Con ese mismo razonamiento, la SC 1679/2011-R de 21 de octubre ha expresado lo siguiente: 'Por otra parte, este Tribunal con relación a la legitimación pasiva ha establecido que: «…la legitimación pasiva debe ser entendida como la coincidencia entre la autoridad que presuntamente causó la violación de los derechos y aquella contra quien se dirige la acción (SSCC 0255/2001-R, 0829/2001-R, 1349/2001-R, entre otras); de lo que se establece que para que el recurso sea admitido es imprescindible que el recurso sea dirigido contra la persona que cometió el acto ilegal o la omisión indebida, es decir el agraviante» (SSCC 0325/2001-R y   0863/2001-R)'.