SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0094/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0094/2014-S2

Fecha: 04-Nov-2014

Fragmento 14

Esta situación debió dirigírsela de manera integral, ya que la misma denunciante explica de forma pormenorizada que el principal acto por el cual presentó la acción tutelar, es para revertir la decisión del Ministerio Público, mediante la cual se alejó a Sacha Sergio Llorenti Soliz del hecho investigado como es la intervención de la marcha por el TIPNIS, el 24 de septiembre de 2011; en ese sentido, y por la importancia que la misma accionante refiere, esta acción tutelar planteada debió especificar e identificar claramente a todos los actores que intervinieron en el hecho generador y la relación directa entre los demandados y el acto que haya menoscabado o vulnerado sus derechos fundamentales; por lo que, debió dirigir la acción contra todos aquellos que hayan participado de tales actos, pues al no hacerlo así y al no identificar a todos los que cometieron esos hechos, y dando una identificación parcial, a pesar de que pudo identificarse a todos, la acción de amparo constitucional debió ser declarada improcedente y consiguientemente denegada la tutela solicitada, motivo por el cual no se puede ingresar a realizar el análisis de fondo de la acción planteada.